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alimentos y aditivos

E-960a — Glucósidos de esteviol procedentes de estevia · Edulcorante

El E-960a son los glucósidos de esteviol extraídos de la hoja de estevia: un edulcorante sin calorías, mucho más dulce que el azúcar, que endulza desde refrescos hasta chicles y mermeladas light. Es la versión de la planta dentro de una familia que hoy también se fabrica por fermentación, y de ahí la letra del código.

Autorizado en la UE Apto para veganos Edulcorante 11 productos reales

Qué es

Son las moléculas dulces de la Stevia rebaudiana, una planta originaria de Paraguay que los guaraníes llamaban hierba dulce y usaban para endulzar el mate mucho antes de que llegara a ninguna etiqueta. Las principales son el esteviósido y el rebaudiósido A, y en la lista de ingredientes las verás como edulcorante: glucósidos de esteviol o E960a, a veces con la coletilla procedentes de estevia. Ojo con el marketing: cuando un producto presume de llevar stevia, lo que lleva es esto, un extracto purificado, no la hoja triturada. Durante años toda la familia compartió el código E-960; la letra a identifica ahora a los que salen directamente de la planta.

Para qué sirve

Para endulzar sin azúcar y sin calorías. Como es muchísimo más dulce que la sacarosa, basta una pizca, y por eso encaja en productos light o sin azúcares añadidos: bebidas aromatizadas, yogures de sabores, chicles, chocolates y mermeladas reducidas en azúcar, cereales de desayuno, e incluso cerveza y fideos orientales. También es la base de muchos edulcorantes de mesa, en polvo, líquidos o en comprimidos. Tiene una pega técnica: deja un regusto amargo, como a regaliz, sobre todo en dosis altas. Por eso muchas veces va combinado con otros edulcorantes o con correctores de acidez como el ácido cítrico, que redondean el sabor.

De dónde se obtiene

Vegetal de principio a fin. Se obtiene de las hojas secas de la estevia, que se maceran en agua para extraer los glucósidos; después el extracto se filtra y se purifica hasta conseguir la concentración que exige la norma. La planta es sudamericana de origen, aunque hoy el grueso del cultivo comercial está en Asia. No interviene nada de origen animal en ningún paso, así que es apto para veganos y vegetarianos sin matices. Conviene distinguirlo de sus hermanos de familia: el E-960a viene de la planta, mientras que otros glucósidos de esteviol más nuevos se producen por fermentación o por conversión enzimática. La molécula final es la misma; cambia el camino.

Qué dice la normativa

Forma parte del grupo de los glucósidos de esteviol de la Parte C, y la norma casi siempre lo autoriza en bloque, como E 960a-960d: el tope se aplica a la suma de toda la familia, expresada en equivalentes de esteviol. La lista de categorías es larga, desde lácteos fermentados y helados hasta salsas, cerveza, confitería o bebidas aromatizadas, y en la gran mayoría hay una cifra máxima concreta; solo unos pocos usos, como los edulcorantes de mesa, van a la cantidad necesaria. Es una autorización viva, retocada por reglamentos recientes como el Reglamento (UE) 2025/2058. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 43 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como E 960a-960d 100 mg/kg solo productos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
03 Helados · como E 960a-960d 200 mg/kg solo productos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como E 960a-960d 100 mg/kg solo conservas agridulces de frutas y hortalizas (1) (60)
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como E 960a-960d 200 mg/kg solo de valor energético reducido (1) (60)
04.2.5.1 Confitura extra y jalea extra, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como E 960a-960d 200 mg/kg solo confituras, jaleas y marmalades de valor energético reducido (1) (60)
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como E 960a-960d 200 mg/kg solo confituras, jaleas y marmalades de valor energético reducido (1) (60)
04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar · como E 960a-960d 200 mg/kg solo productos para untar a base de frutas y hortalizas, de valor energético reducido, y productos para untar a base de frutos secos, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como E 960a-960d 270 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 960a-960d 270 mg/kg solo productos a base de cacao o de fruta desecada, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 960a-960d 330 mg/kg solo productos para untar el pan a base de cacao, leche, fruta desecada o grasas, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 960a-960d 350 mg/kg solo productos de confitería sin azúcares añadidos solo productos de confitería duros de valor energético reducido (caramelos y piruletas) solo productos de confitería blandos de valor energético reducido (caramelos de mascar, gominolas y productos esponjosos de azúcar/malvavisco) solo regaliz de valor energético reducido solo turrón de valor energético reducido solo mazapán de valor energético reducido (1) (60)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 960a-960d 2 g/kg solo micropastillas para refrescar el aliento, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 960a-960d 670 mg/kg solo pastillas refrescantes muy aromatizadas para la garganta, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
05.3 Chicle · como E 960a-960d 3,3 g/kg solo productos sin azúcares añadidos (1) (60)
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 960a-960d 330 mg/kg solo productos de confitería sin azúcares añadidos (1) (60)
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 960a-960d 270 mg/kg solo productos a base de cacao o de fruta desecada, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
06.3 Cereales de desayuno · como E 960a-960d 330 mg/kg solo cereales de desayuno con un contenido de fibra superior al 15 % y con un mínimo del 20 % de salvado, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como E 960a-960d 330 mg/kg solo Essoblaten y obleas (1) (60)
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 960a-960d 200 mg/kg solo conservas y semiconservas agridulces de pescado y escabeches de pescado, crustáceos y moluscos (1) (60)
11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos · como E 960a-960d quantum satis (1) (60)
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo · como E 960a-960d quantum satis (1) (60)
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos · como E 960a-960d quantum satis (1) (60)
12.4 Mostaza · como E 960a-960d 120 mg/kg (1) (60)
12.5 Caldos y sopas · como E 960a-960d 40 mg/kg solo sopas de valor energético reducido (1) (60)
12.6 Salsas · como E 960a-960d 120 mg/kg excepto salsa de soja (fermentada o no fermentada) (1) (60)
12.6 Salsas · como E 960a-960d 175 mg/kg solo salsa de soja (fermentada o no fermentada) (1) (60)
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como E 960a-960d 330 mg/kg (1) (60)
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como E 960a-960d 270 mg/kg (1) (60)
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como E 960a-960d 100 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como E 960a-960d 80 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
14.1.5.2 Otros · como E 960a-960d 30 mg/kg solo café, té y bebidas de infusiones de plantas, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60) (93)
14.1.5.2 Otros · como E 960a-960d 30 mg/kg solo productos aromatizados de café instantáneo y de capuchino instantáneo, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60) (93)
14.1.5.2 Otros · como E 960a-960d 20 mg/kg solo bebidas aromatizadas a base de malta y chocolate/capuchino, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60) (93)
14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta · como E 960a-960d 70 mg/kg solo cerveza sin alcohol o con un grado alcohólico inferior a 1,2 % vol.; Bière de table/Tafelbier/Table Beer (que contenga menos de un 6 % de mosto primitivo) excepto Obergäriges Einfachbier; cervezas con una acidez mínima de 30 miliequivalentes expresada en NaOH; cervezas negras del tipo oud bruin (1) (60)
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como E 960a-960d 150 mg/kg (1)(60)
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como E 960a-960d 20 mg/kg (1) (60)
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como E 960a-960d 20 mg/kg (1) (60)
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como E 960a-960d 100 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos (1) (60)
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 960a-960d 670 mg/kg (1) (60)
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 960a-960d 1,8 g/kg solo complementos alimenticios masticables (1) (60)
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 960a-960d 200 mg/kg (1) (60)
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 960a-960d 1,8 g/kg solo complementos alimenticios en forma de jarabe (1) (60)
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como E 960a-960d 270 mg/kg (1) (60)

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (64)
  • 01.4 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.4 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 03 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 03 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 04.2.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 04.2.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 04.2.4.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 04.2.4.1 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 04.2.5.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 04.2.5.1 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 04.2.5.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 04.2.5.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 04.2.5.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 04.2.5.3 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 05.1 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 05.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 05.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 05.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 05.3 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 05.4 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 05.4 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 06.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 06.3 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 07.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 07.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 09.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 09.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 11.4.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 11.4.1 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 11.4.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 11.4.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 11.4.3 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 12.4 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 12.4 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 12.5 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 12.5 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 12.6 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 12.6 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 13.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 13.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 13.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 13.3 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 14.1.4 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.1.4 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 14.1.5.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.1.5.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 14.1.5.2 (93) El nivel máximo se aplica a los productos listos para beber (por ejemplo, en conserva) y sus mezclas y concentrados después de la preparación y listos para el consumo.
  • 14.1.3 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 14.2.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.1 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 14.2.8 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 14.2.8 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 15.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 15.1 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 15.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 15.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 16 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 16 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 17.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 17.1 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 17.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 17.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.
  • 18.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 18.2 (60) Expresados como equivalentes de esteviol.

En qué alimentos está de verdad sobre 11 productos del catálogo

Noodles (fideos orientales)
2
Edulcorantes de mesa
5
Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad
1
Bebidas aromatizadas
3

Productos que lo llevan 11 en el catálogo

SAMYANG Ramen salteado sabor queso con pollo picante Buldak 140 g.

SAMYANG Ramen salteado sabor queso con pollo picante Buldak 140 g.

SAMYANG · Alcampo

17 aditivos

SAMYANG Ramen salteado carbonara con pollo picante Buldak 130 g.

SAMYANG Ramen salteado carbonara con pollo picante Buldak 130 g.

SAMYANG · Alcampo

16 aditivos

Fideos orientales con crema de champiñón Tangle Bowl 105 g.

Fideos orientales con crema de champiñón Tangle Bowl 105 g.

TANGLE · Carrefour

12 aditivos

FUZE TEA Bebida de té con sabor a melocotón e hibisco botella 1.5L

FUZE TEA Bebida de té con sabor a melocotón e hibisco botella 1.5L

FUZE TEA · Alcampo

5 aditivos

FUZE TEA Bebida de té con sabor a melocotón e hibisco botella 500 ml

FUZE TEA Bebida de té con sabor a melocotón e hibisco botella 500 ml

FUZE TEA · Alcampo

5 aditivos

Fuze Tea sabor melocotón y hibisco botella 1,5 l.

Fuze Tea sabor melocotón y hibisco botella 1,5 l.

FUZE TEA · Carrefour

5 aditivos

Edulcorante en pastillas stevia Hacendado

Edulcorante en pastillas stevia Hacendado

Hacendado · Mercadona

5 aditivos

PRODUCTO ALCAMPO Edulcorante líquido de stevia 125 ml.

PRODUCTO ALCAMPO Edulcorante líquido de stevia 125 ml.

PRODUCTO ALCAMPO · Alcampo

3 aditivos

SUKALIA Stevia edulcorante en polvo, 200 g.

SUKALIA Stevia edulcorante en polvo, 200 g.

SUKALINA · Alcampo

2 aditivos

PRODUCTO ALCAMPO Palitos de estevia 60 uds.

PRODUCTO ALCAMPO Palitos de estevia 60 uds.

PRODUCTO ALCAMPO · Alcampo

2 aditivos

Edulcorante granulado stevia Hacendado

Edulcorante granulado stevia Hacendado

Hacendado · Mercadona

2 aditivos

Reparto por supermercado

7

Alcampo · 64 %

2

Carrefour · 18 %

2

Mercadona · 18 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.

Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Seitán en lonchas ecológico Soria Natural 300 g.

Seitán en lonchas ecológico Soria Natural 300 g.

SORIA NATURAL · Carrefour

sin aditivos

Endulzante en sobres Truvia sin gluten 80 unidades de 1 g.

Endulzante en sobres Truvia sin gluten 80 unidades de 1 g.

TRUVIA · Carrefour

sin aditivos

Guisantes con jamón y zanahoria Carrefour Extra 300 g.

Guisantes con jamón y zanahoria Carrefour Extra 300 g.

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Piezas mediterráneas 100% Vegetal Sensational Garden Gourmet 160 g.

Piezas mediterráneas 100% Vegetal Sensational Garden Gourmet 160 g.

GARDEN GOURMET · Carrefour

sin aditivos

Nuggets veganos Garden Gourmet 200 g.

Nuggets veganos Garden Gourmet 200 g.

GARDEN GOURMET · Carrefour

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UEGlucósidos de esteviol procedentes de estevia
También conocido comoSteviol glycosides from Stevia
Número EE 960a

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-960a y para qué se usa?

El E-960a son los glucósidos de esteviol extraídos de la hoja de estevia: un edulcorante sin calorías, mucho más dulce que el azúcar, que endulza desde refrescos hasta chicles y mermeladas light. Es la versión de la planta dentro de una familia que hoy también se fabrica por fermentación, y de ahí la letra del código.

¿Es malo el E-960a?

La EFSA evaluó los glucósidos de esteviol antes de autorizarlos en Europa y les fijó una ingesta diaria admisible, que es la referencia que sostiene todos los límites de la tabla. Lo interesante es cómo se comportan en el cuerpo: no los digerimos como un azúcar, sino que las bacterias del intestino los transforman en esteviol, que se absorbe y se elimina por la orina. En esas evaluaciones no se encontraron señales de genotoxicidad ni de otros efectos preocupantes a los niveles de uso permitidos, y de hecho es de los pocos edulcorantes que no arrastra polémicas históricas serias. La norma, aun así, no lo deja a discreción: casi todas sus autorizaciones llevan tope, y ese tope se comparte con el resto de la familia. Que venga de una planta no lo hace mejor ni peor: es un extracto purificado, y como tal se regula.

¿En qué alimentos se puede usar el E-960a?

La norma europea lo autoriza en 33 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, helados, frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-960a?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 3,3 g/kg en la categoría Chicle. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-960a?

Lo hemos encontrado en 11 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (7 productos).

¿El E-960a es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-960a no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Qué diferencia hay entre el E-960a y el E-960c o el E-960d?

La molécula dulce es la misma; lo que cambia es la fábrica. El E-960a se extrae directamente de la hoja de estevia, mientras que sus hermanos se obtienen por conversión enzimática o fermentación, procesos que producen rebaudiósidos muy puros sin depender del cultivo. En la práctica la norma los trata casi siempre en bloque, como E 960a-960d, y comparten los mismos topes.

Si un producto pone con stevia, ¿lleva la planta?

No. La hoja de estevia como tal no se usa de ingrediente en estos productos: lo que llevan es este extracto purificado de sus moléculas dulces, declarado como glucósidos de esteviol o E960a. El reclamo con stevia funciona porque suena a huerto, pero entre la hoja y el bote hay maceración, filtrado y purificación. No es malo, simplemente no es lo que la foto del envase sugiere.

¿Por qué los productos con estevia dejan regusto a regaliz?

Es cosa del propio esteviósido, que además de dulzor aporta una nota amarga y de regaliz que se dispara en dosis altas. La industria lo esquiva de dos maneras: usando extractos más ricos en rebaudiósido A, que tiene el perfil más limpio de la familia, o combinándolo con otros edulcorantes y con ácidos como el E-330 para equilibrar el sabor. Si notas mucho el regusto, el producto lleva un extracto menos refinado o demasiada cantidad.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2023/447 DE LA COMISIÓN de 1 de marzo de 2023. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.