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alimentos y aditivos

E-959 — Neohesperidina DC · Edulcorante

El E-959 es la neohesperidina DC, un edulcorante con una historia curiosa: se obtiene de un compuesto amargo de la naranja amarga que, tras un retoque químico, se vuelve muchísimo más dulce que el azúcar. Por eso se usa en cantidades minúsculas, casi siempre acompañando a otros edulcorantes en zumos, refrescos y chicles.

Autorizado en la UE Apto para veganos Edulcorante 26 productos reales

Qué es

Es un flavonoide modificado. En la cáscara de la naranja amarga hay una sustancia llamada neohesperidina, prima hermana de la que hace amargo el pomelo; si se le añade hidrógeno en el laboratorio se convierte en dihidrocalcona, y ahí ocurre la magia: lo amargo pasa a ser intensamente dulce. Ese hallazgo lo hicieron en los años sesenta investigadores estadounidenses que estudiaban precisamente por qué amargan los cítricos. En la etiqueta lo verás como neohesperidina DC, neohesperidina dihidrocalcona o E959, siempre en la zona de los edulcorantes. Es de los menos conocidos de su familia, pero lleva décadas en el mercado europeo.

Para qué sirve

Para endulzar sin azúcar, pero con matices. Su dulzor tarda un poco en llegar, dura mucho y deja un regusto con un punto a regaliz mentolado, así que solo rara vez trabaja en solitario. Su papel habitual es de secundario de lujo: en dosis diminutas redondea el dulzor de otros edulcorantes y tapa amargores, algo muy útil en bebidas light, zumos, néctares, chicles, cervezas sin alcohol o salsas. También aparece en postres lácteos, bollería sin azúcar y complementos alimenticios, donde disimular el sabor de vitaminas y minerales es media batalla. Como es tan potente, con una pizca sobra.

De dónde se obtiene

Cien por cien vegetal en su punto de partida: la materia prima es la neohesperidina de la naranja amarga, que se extrae sobre todo de la cáscara y de frutos que no valen para consumo directo. Después viene la parte industrial, una hidrogenación que transforma esa molécula amarga en la dihidrocalcona dulce. Es, por tanto, un aditivo semisintético: sale de un cítrico pero no existe tal cual en la naturaleza. No lleva nada de origen animal, así que no da ningún problema a veganos ni vegetarianos. España, con su tradición citrícola, ha sido históricamente uno de los lugares donde más se ha producido.

Qué dice la normativa

Está en la lista de edulcorantes autorizados y la norma le abre una lista larga de categorías: lácteos fermentados aromatizados, helados, confitería, chicle, salsas, caldos, néctares, bebidas aromatizadas, cerveza, sidra y hasta productos cárnicos y de pesca elaborados, entre otras. En casi todas va con un tope máximo; solo en los edulcorantes de mesa se admite a la cantidad necesaria, que para eso son su formato puro. No pertenece a ningún grupo de dosis conjunta, así que su límite es siempre individual. Sus condiciones se han retocado varias veces, la última con un reglamento de 2025. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 52 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente 50 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas 5 mg/kg solo como potenciadores del sabor de grasas incluidas en los grupos B y C del anexo XV del Reglamento no 1234/2007
03 Helados 50 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera 100 mg/kg solo conservas agridulces de frutas, verduras y hortalizas
04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva 50 mg/kg solo frutos de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota 50 mg/kg solo de valor energético reducido
04.2.5.1 Confitura extra y jalea extra, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE 50 mg/kg solo confituras, jaleas y marmalades de valor energético reducido
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE 50 mg/kg solo confituras , jaleas y marmalades de valor energético reducido
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE 5 mg/kg solo como potenciador del sabor de jaleas de frutas
04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar 50 mg/kg solo frutas y hortalizas para untar de valor energético reducido y productos para untar a base de frutos secos, de valor energético reducido o sin azúcar añadido
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE 100 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 100 mg/kg solo productos a base de cacao, frutas desecadas, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 50 mg/kg solo cremas para untar el pan a base de cacao, leche, frutas desecadas o grasas , de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 150 mg/kg solo productos de confitería a base de almidón, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 100 mg/kg solo productos de confitería sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento 400 mg/kg solo micropastillas para refrescar el aliento, sin azúcares añadidos
05.3 Chicle 150 mg/kg solo como potenciador de sabor, para chicle con azúcares añadidos o polialcoholes (12)
05.3 Chicle 400 mg/kg solo chicles sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 150 mg/kg solo productos de confitería a base de almidón, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 100 mg/kg solo productos de confitería sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 100 mg/kg solo productos de confitería a base de cacao, frutas desecadas , de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 50 mg/kg solo salsas
06.3 Cereales de desayuno 50 mg/kg solo cereales de desayuno con un contenido de fibra superior al 15 % y que contengan al menos un 20 % de salvado, de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería 50 mg/kg solo cucuruchos y galletas de barquillo para helado sin azúcares añadidos
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico 5 mg/kg solo como potenciador de sabor
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico 5 mg/kg solo como potenciador de sabor, excepto en foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos 30 mg/kg solo conservas y semiconservas agridulces de pescado y escabeches de pescado, crustáceos y moluscos
11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos quantum satis
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo quantum satis
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos quantum satis
12.4 Mostaza 50 mg/kg
12.5 Caldos y sopas 50 mg/kg solo sopas de valor energético reducido
12.6 Salsas 50 mg/kg
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos 50 mg/kg solo Feinkostsalat
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 5 mg/kg solo como potenciador del sabor de productos con proteínas vegetales
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) 100 mg/kg
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 100 mg/kg
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares 30 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
14.1.4 Bebidas aromatizadas 30 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos, excepto leche y bebidas lácteas aromatizadas
14.1.4 Bebidas aromatizadas 50 mg/kg solo leche y bebidas lácteas aromatizadas de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta 10 mg/kg solo cerveza sin alcohol o con grado alcohólico inferior o igual a 1,2 % vol. ; bière de table / Tafelbier / Table Beer (que contenga menos de un 6 % de mosto primitivo) excepto Obergäriges Einfachbier; cervezas con una acidez mínima de 30 miliequivalentes expresada en NaOH; cervezas negras del tipo oud bruin
14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta 10 mg/kg solo cerveza de valor energético reducido
14.2.3 Sidra y perada 20 mg/kg excepto cydr jakościowy, perry jakościowe, cydr lodowy y perry lodowe
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % 30 mg/kg
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones 50 mg/kg
15.2 Frutos de cáscara elaborados 50 mg/kg
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 50 mg/kg solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 100 mg/kg
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 400 mg/kg Solo complementos alimenticios masticables
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 50 mg/kg
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad 400 mg/kg Solo complementos alimenticios en forma de jarabe
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión 100 mg/kg

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (1)
  • 05.3 (12) Si E 950, E 951, E 955, E 957, E 959 y E 961 se usan en combinación en el chicle, se reducirán proporcionalmente las dosis máximas de cada uno.

En qué alimentos está de verdad sobre 26 productos del catálogo

Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas
1
Bebidas aromatizadas
25

Productos que lo llevan 26 en el catálogo

Fanta de limón pack 9 latas 33 cl.

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FANTA LIMON · Carrefour

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FANTA Refresco de limón pack de lata de 9 uds. x 330 ml.

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FANTA · Alcampo

10 aditivos

FANTA Refresco de limón botella de 500 ml

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FANTA · Alcampo

10 aditivos

FANTA Refresco de limón botella 1.5 L

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FANTA · Alcampo

10 aditivos

Fanta de limón pack 24 x 330 ml

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fanta · Dia

10 aditivos

Fanta de limón 2 L

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fanta · Dia

10 aditivos

Fanta de limón botella 50 cl.

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FANTA LIMON · Carrefour

10 aditivos

Fanta de limón pack 2 botellas 2 l.

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FANTA LIMON · Carrefour

10 aditivos

FANTA Refresco de limón lata de 330ml

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FANTA · Alcampo

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FANTA Refresco de limón pack de 2 unds x 2 L Botella.

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FANTA · Alcampo

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FANTA Refresco de limón botella 1.25L

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FANTA · Alcampo

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Fanta de naranja pack 2 botellas 2 l.

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FANTA NARANJA · Carrefour

6 aditivos

Ver los 26 productos con E-959 →

Reparto por supermercado

14

Alcampo · 54 %

7

Dia · 27 %

5

Carrefour · 19 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Smoothie de mango y frambuesa Carrefour Sensation 450 g.

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CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Refresco sabor limón Zero Carrefour Classic' botella 2 l.

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Kombucha dragon lemonade Flax & Kale botella 33 cl.

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Zumo Tropical Original Bifrutas pack de 3 briks de 33 cl.

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BIFRUTAS · Carrefour

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Prime Ice bebida isotónica orange botella 50 cl.

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PRIME · Carrefour

sin aditivos

Nocco Electrolyte Bebida Energetica blood orange lata 355 ml.

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NOCCO · Carrefour

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UENeohesperidina DC
También conocido comoNeohesperidina dihidrocalcona
También conocido comoNeohesperidine DC
Número EE 959
WikidataQ424595

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-959 y para qué se usa?

El E-959 es la neohesperidina DC, un edulcorante con una historia curiosa: se obtiene de un compuesto amargo de la naranja amarga que, tras un retoque químico, se vuelve muchísimo más dulce que el azúcar. Por eso se usa en cantidades minúsculas, casi siempre acompañando a otros edulcorantes en zumos, refrescos y chicles.

¿Es malo el E-959?

Es de los edulcorantes que menos ruido han generado, y no por falta de uso. Fue evaluado por los comités científicos europeos antes de autorizarse y forma parte del programa de reevaluación de edulcorantes que la EFSA tiene en marcha, como todos los de su familia. No arrastra las polémicas del aspartamo ni advertencias especiales en la etiqueta, y juega con una ventaja práctica: como es tan potente, las cantidades que acaban en el producto son minúsculas, así que la exposición real del consumidor es muy baja. Como todos los edulcorantes intensos, no aporta calorías ni sube el azúcar en sangre, que es justo su razón de ser. La pega que puede notar tu paladar es otra: ese regusto a regaliz si el fabricante se pasa con la dosis.

¿En qué alimentos se puede usar el E-959?

La norma europea lo autoriza en 39 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el reglamento (ce) no 1234/2007 del consejo, y emulsiones líquidas, helados. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-959?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 400 mg/kg en la categoría Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-959?

Lo hemos encontrado en 26 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (14 productos).

¿El E-959 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-959 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Qué significa el DC del nombre?

Son las iniciales de dihidrocalcona, el tipo de molécula que resulta al hidrogenar la neohesperidina original. El nombre completo, neohesperidina dihidrocalcona, es un trabalenguas, así que la industria y la norma lo abrevian. Si en una etiqueta ves cualquiera de las dos versiones, o simplemente E959, es exactamente lo mismo.

¿Por qué casi nunca va solo en la etiqueta?

Porque su dulzor llega lento, dura demasiado y tiene ese matiz a regaliz que en solitario resulta raro. En cambio, combinado con otros como el acesulfamo K hay sinergia: la mezcla sabe más dulce que la suma de las partes y el perfil se parece más al del azúcar. Verlo acompañado en la lista de ingredientes no es trampa, es la forma correcta de usarlo.

¿Es natural si viene de la naranja?

A medias, y por eso no puede venderse como edulcorante natural. La materia prima sí sale de la naranja amarga, pero la molécula dulce no existe en la fruta: se crea en el laboratorio al hidrogenar la neohesperidina, que en su estado original es amarga. Es el caso típico de aditivo semisintético, origen vegetal con transformación química por el camino.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 913/2013 DE LA COMISIÓN de 23 de septiembre de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2024/374 DE LA COMISIÓN de 24 de enero de 2024. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2018/1497 DE LA COMISIÓN de 8 de octubre de 2018. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.