Saltar al contenido
alimentos y aditivos

E-150a — Caramelo natural · Colorante

El E-150a es el caramelo natural, el más antiguo y sencillo de los colorantes: azúcar calentado hasta que se vuelve pardo. Tiñe de marrón dorado a oscuro cervezas, salsas, bollería o helados, y es el único de la familia de los caramelos que se hace solo con calor, sin amoniaco ni sulfitos.

Autorizado en la UE Apto para veganos Colorante 176 productos reales

Nota de la lista de la Unión: La denominación «caramelo» se refiere a productos de color pardo más o menos acentuado destinados a colorear. Es distinto del producto aromático azucarado que se obtiene calentando azúcares y que se utiliza como aromatizante (en confitería, pastelería, bebidas alcohólicas, etcétera).

Qué es

Un colorante pardo que se obtiene calentando azúcares, básicamente lo mismo que pasa en tu sartén cuando haces caramelo para un flan, pero controlado a escala industrial. Es el primero de una familia de cuatro: E-150a, b, c y d, que se diferencian en lo que se añade durante la cocción. El a es el único que no lleva nada más, por eso lo llaman plain caramel o caramelo natural. Ojo a un matiz que despista: el E-150a es un producto para colorear, no el caramelo dulce y aromático de la repostería. Ese otro se considera ingrediente o aromatizante y no lleva número E. En la etiqueta aparece como caramelo natural, color caramelo o E150a.

Para qué sirve

Para dar ese tono tostado que asociamos con lo horneado, lo curado o lo añejo. Un solo colorante cubre toda la gama de marrones, del dorado pálido al casi negro, y encima aguanta bien el calor, la luz y la acidez. Lo encontrarás en helados de sabor caramelo o café, en productos cárnicos a los que da aspecto de asado, en salsas oscuras, caldos y sopas de sobre, en vinagres, en bollería y galletas, en cortezas de queso y en postres lácteos. También unifica el color entre lotes: sin él, muchos productos saldrían de la fábrica cada vez de un tono distinto y el consumidor pensaría que algo falla.

De dónde se obtiene

Se fabrica calentando carbohidratos de calidad alimentaria, normalmente glucosa, sacarosa o jarabes procedentes de maíz, trigo, remolacha o caña. El calor hace el trabajo, a veces con ayuda de pequeñas cantidades de ácidos o bases que aceleran la reacción, pero en el E-150a no entran compuestos amoniacales ni sulfitos, que es justo lo que lo distingue de sus hermanos b, c y d. Al salir todo de azúcares vegetales, es apto para veganos y vegetarianos sin ninguna letra pequeña. Es de los pocos aditivos cuyo proceso de fabricación podrías reproducir, en versión casera, en tu propia cocina.

Qué dice la normativa

Está en el Grupo II, el de los colorantes autorizados quantum satis: se puede usar a la cantidad necesaria para lograr el efecto, sin un tope numérico, en una lista muy larga de categorías que va de los lácteos fermentados aromatizados a la carne, el pescado elaborado, las salsas, la mostaza, los cereales de desayuno o la bollería. Eso lo convierte en uno de los colorantes con más puertas abiertas de toda la norma, algo reservado a los que se consideran de menor preocupación. Varios reglamentos recientes han ido retocando esa lista. El detalle completo, categoría a categoría, está en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 66 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (74)
01.5 Leche deshidratada, tal como se define en la Directiva 2001/114/CE · como Grupo II quantum satis excepto productos sin aromatizar
01.6.3 Otras natas · como Grupo II quantum satis solo nata aromatizada
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo II quantum satis solo queso fresco aromatizado
01.7.3 Corteza comestible de queso · como Grupo II quantum satis
01.7.4 Requesón · como Grupo II quantum satis
01.7.5 Queso fundido · como Grupo II quantum satis solo queso fundido aromatizado
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo II quantum satis solo productos a base de queso fresco aromatizado
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo II quantum satis
03 Helados · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (75)
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 150a-d quantum satis solo conservas de frutos rojos
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como E 150a-d quantum satis solo conservas de frutos rojos
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como E 150a-d quantum satis solo verduras y hortalizas (excepto aceitunas)
04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva · como E 150a-d quantum satis solo conservas de frutos rojos
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo II quantum satis solo mostarda di frutta
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota quantum satis Únicamente sucedáneos de huevas de pescado a base de algas
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como E 150a-d quantum satis solo conservas de frutos rojos
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como E 150a-d quantum satis excepto crema de castañas
04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar · como Grupo II la del grupo excepto crème de pruneaux
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (72)
05.3 Chicle · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (73)
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (73)
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo II quantum satis excepto cereales de desayuno extrudidos, hinchados o aromatizados con frutas
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo II quantum satis
06.6 Masa para rebozar · como Grupo II quantum satis
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo II quantum satis
07.1 Pan y panes especiales · como E 150a-d quantum satis solo pan de malta
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo II quantum satis
08.2 Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004 · como E 150a — d quantum satis solo breakfast sausages con un contenido mínimo en cereales del 6 %, burger meat con un contenido mínimo en vegetales y/o cereales del 4 %, mezclados con la carne (en estos productos, la carne se pica de manera que el músculo y la grasa estén totalmente dispersos, de modo que se produce una emulsión de la fibra con la grasa, lo cual da a esos productos su aspecto típico), productos tipo merguez, salsicha fresca , mici, butifarra fresca, longaniza fresca y chorizo fresco
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como E 150a-d quantum satis solo embutidos
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como E 150a-d quantum satis solo embutidos, patés y terrines
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo II quantum satis excepto recubrimientos externos comestibles de pasturmas
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo II quantum satis solo surimi y productos similares y sucedáneos de salmón a base de Theragra chalcogramma, Pollachius virens y Clupea harengus
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 150a-d quantum satis solo pasta de pescado y pasta de crustáceos
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 150a-d quantum satis solo crustáceos precocinados
09.3 Huevas · como Grupo II quantum satis excepto huevas de esturión (caviar)
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo II quantum satis solo aderezos, como curry en polvo o tandoori Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (70)
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como E 150a-d quantum satis
12.4 Mostaza · como Grupo II quantum satis
12.5 Caldos y sopas · como Grupo II quantum satis
12.6 Salsas · como Grupo II quantum satis excepto salsas a base de tomate
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo II quantum satis
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo II quantum satis
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo II quantum satis
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo II quantum satis
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo II quantum satis excepto leche con sabor a chocolate y productos de malta Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (74)
14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta · como E 150a,b,d quantum satis
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo II quantum satis excepto cidre bouché, cydr jakościowy, perry jakościowe, cydr lodowy y perry lodowe
14.2.3 Sidra y perada · como E 150a-d quantum satis solo cidre bouché
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo II quantum satis excepto wino owocowe jakościowe
14.2.5 Hidromiel · como Grupo II quantum satis excepto miód pitny jakościowy
14.2.5 Hidromiel quantum satis miód pitny jakościowy solo puede contener E 150a elaborado a partir de miel
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo II quantum satis excepto: bebidas espirituosas, tal como se definen en las categorías 1 a 17, 22, 36, 37 y 41 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/787
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como E 150a-d quantum satis excepto: bebidas espirituosas, tal como se definen en las categorías 15 a 17, 22, 36, 37 y 41 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/787 la categoría 2 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/787 solo puede contener E 150a las categorías 1, 3 a 8 y 10 a 14 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/787 solo pueden contener caramelo añadido para ajustar el color
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como E 150a-d quantum satis
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como E 150a-d quantum satis excepto sangría, clarea y zurra
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo II quantum satis
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo II quantum satis
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (71)
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo II quantum satis
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (74)
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (69)
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo II quantum satis
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo II quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 Solo complementos alimenticios en forma de jarabe (69)
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo II quantum satis
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo II quantum satis

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (10)
  • 01.4 (74) Límite máximo para el aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 15 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 03 (75) Límite máximo para el aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 30 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 05.2 (72) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 70 mg/kg. Como excepción a esta regla, y únicamente en el caso de las micropastillas, el límite máximo será de 40 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 05.3 (73) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 300 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 05.4 (73) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 300 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 12.2.2 (70) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 120 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 14.1.4 (74) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 15 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 15.1 (71) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 30 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 16 (74) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 15 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.
  • 17.1 (69) Límite máximo de aluminio procedente de todas las lacas de aluminio: 150 mg/kg. A efectos del artículo 22, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 1333/2008, ese límite debe aplicarse a partir del 1 de febrero de 2013.

En qué alimentos está de verdad sobre 176 productos del catálogo

Helados
14
Carne
2
Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4
13
Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente
5
Queso y productos derivados
14
Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE
5
Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento
8
Noodles (fideos orientales)
3

Productos que lo llevan 176 en el catálogo

Empanadillas de hojaldre rellenas de pollo con bechamel 2 uds. 240 g.

Empanadillas de hojaldre rellenas de pollo con bechamel 2 uds. 240 g.

EMPANADA · Alcampo

22 aditivos

Focaccia barbacoa, 200g.

Focaccia barbacoa, 200g.

SNACK SALADO · Alcampo

22 aditivos

OHH PIZZA Pizza rodeo con carne picada y bacon cocida en horno de piedra OHH PIZZA 390 g.

OHH PIZZA Pizza rodeo con carne picada y bacon cocida en horno de piedra OHH PIZZA 390 g.

OHH PIZZA · Alcampo

21 aditivos

BLOOMER de Ñaming Sandwich con pan de pipas, relleno de pollo asado 190 g.

BLOOMER de Ñaming Sandwich con pan de pipas, relleno de pollo asado 190 g.

BLOOMER · Alcampo

20 aditivos

FRIPOZO Pizza snacks congelados con mezcla de 5 quesos, empanados y prefritos 250 g.

FRIPOZO Pizza snacks congelados con mezcla de 5 quesos, empanados y prefritos 250 g.

FRIPOZO · Alcampo

18 aditivos

DONUTS Speculoos 2 unds 130g

DONUTS Speculoos 2 unds 130g

Donuts · Alcampo

17 aditivos

Mini empanadilla barbacoa, 6 uds.

Mini empanadilla barbacoa, 6 uds.

EMPANADA · Alcampo

17 aditivos

Empanada pollo barbacoa 600 g.

Empanada pollo barbacoa 600 g.

EMPANADA · Alcampo

17 aditivos

Empanada pollo barbacoa 320 g.

Empanada pollo barbacoa 320 g.

EMPANADA · Alcampo

17 aditivos

Tarta de zanahoria 770 g.

Tarta de zanahoria 770 g.

PASTELERÍA · Alcampo

15 aditivos

PALACIOS Mini pizza barbacoa, ideal para microondas PALACIOS 225 g.

PALACIOS Mini pizza barbacoa, ideal para microondas PALACIOS 225 g.

PALACIOS · Alcampo

15 aditivos

MILKA Tarta de galleta rellena y con cobertura de chocolate con leche Milka MILKA 350 g.

MILKA Tarta de galleta rellena y con cobertura de chocolate con leche Milka MILKA 350 g.

MILKA · Alcampo

15 aditivos

Ver los 176 productos con E-150a →

Reparto por supermercado

117

Alcampo · 66 %

20

Carrefour · 11 %

20

Mercadona · 11 %

19

Dia · 11 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox

Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox

Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.

Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox

Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.

Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UECaramelo natural
También conocido comoColor caramelo
También conocido comoPlain caramel
Número EE 150a
WikidataQ227816

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-150a y para qué se usa?

El E-150a es el caramelo natural, el más antiguo y sencillo de los colorantes: azúcar calentado hasta que se vuelve pardo. Tiñe de marrón dorado a oscuro cervezas, salsas, bollería o helados, y es el único de la familia de los caramelos que se hace solo con calor, sin amoniaco ni sulfitos.

¿Es malo el E-150a?

De los cuatro caramelos, el E-150a es el que menos preguntas incómodas genera. La polémica de esta familia viene de los subproductos que se forman cuando la cocción se hace con compuestos amoniacales, como el 4-metilimidazol del E-150c y el E-150d, y el caramelo natural queda fuera de eso porque se hace solo con calor. La EFSA ha evaluado los colorantes caramelo como grupo y en 2012 publicó un análisis afinado de la exposición, que concluyó que el consumo real quedaba por debajo de sus estimaciones iniciales, más prudentes. El hecho de que la norma lo permita quantum satis en tantas categorías refleja esa evaluación. Al final es azúcar quemado con control de calidad: la etiqueta te dirá cuál de los cuatro lleva tu producto, y este es el más simple.

¿En qué alimentos se puede usar el E-150a?

La norma europea lo autoriza en 57 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, leche deshidratada, tal como se define en la directiva 2001/114/ce, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-150a?

La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-150a?

Lo hemos encontrado en 176 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (117 productos).

¿El E-150a es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-150a no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿En qué se diferencia el E-150a del E-150d de los refrescos de cola?

En cómo se cocina el azúcar. El E-150a se hace solo con calor; el E-150d añade compuestos de sulfito y amonio, que dan un color más intenso y estable en bebidas ácidas, ideal para las colas. Ese proceso genera trazas de 4-metilimidazol, el subproducto que ha dado a los caramelos casi toda su mala prensa. Si en la etiqueta pone E150a, esa polémica no va con tu producto.

¿El caramelo de un flan o de unas natillas es E-150a?

No necesariamente, y la propia norma lo aclara. El caramelo dulce que se obtiene calentando azúcar para dar sabor, el de la confitería y la repostería de toda la vida, se considera ingrediente aromatizante y no lleva número E. El E-150a es el producto concentrado que se usa para colorear. Pueden convivir en el mismo postre: uno pone el gusto y el otro, el tono.

¿Por qué lo llaman caramelo natural si se hace en una fábrica?

Es la traducción del inglés plain caramel, caramelo simple o a secas. El natural no alude a que crezca en un árbol, sino a que es la versión sin aditivos en su propia receta: solo azúcares y calor, sin los reactivos amoniacales o sulfíticos de los otros tres caramelos. De ahí que sea el preferido cuando una marca quiere una lista de ingredientes lo más limpia posible.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 380/2012 DE LA COMISIÓN de 3 de mayo de 2012. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 738/2013 DE LA COMISIÓN de 30 de julio de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 601/2014 DE LA COMISIÓN de 4 de junio de 2014. EUR-Lex
  • EFSA: Refined exposure assessment for caramel colours -E 150a, c, d- (2012). Ver dictamen
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.