12 Artesanitos surtidos
22 aditivos
El E-508 es cloruro potásico, el primo del potasio de la sal común. Es lo que llevan las sales light para quitar sodio sin quitar sabor salado, y en la industria trabaja como estabilizante en helados, quesos, postres y productos cárnicos. Un mineral de lo más discreto con un papel doble muy curioso.
Una sal formada por potasio y cloro, tan parecida a la sal de mesa que hasta cristaliza igual; la diferencia es que cambia el sodio por potasio, un mineral que necesitamos a diario y que abunda en el plátano o la patata. En la etiqueta aparece como cloruro potásico, cloruro de potasio o E508, casi siempre con la palabra estabilizante delante. Fuera de la lista de aditivos tiene otra vida mucho más visible: es el ingrediente principal de las sales bajas en sodio que se venden como alternativa a la sal común, aunque ahí actúa como ingrediente y no como aditivo.
Su función oficial es la de estabilizante: mantiene la textura y evita que el producto se desmorone o se separe. Un ejemplo muy concreto es su pareja con los carragenanos, los gelificantes de las algas: los iones de potasio les ayudan a formar geles firmes, y por eso el E-508 asoma en postres lácteos, natas y helados. En productos cárnicos y quesos aporta además ese punto salado que permite recortar sodio sin dejar el producto soso, que es la razón de fondo por la que cada vez se ve más. En el supermercado lo encontrarás sobre todo en helados, carne, postres, nata y quesos, a menudo junto a fosfatos y gomas.
Es mineral, sin nada animal ni vegetal de por medio, así que no plantea ningún problema a veganos ni vegetarianos. Se obtiene de yacimientos de sales potásicas, restos de mares que se evaporaron hace millones de años, o de salmueras naturales, y después se purifica hasta calidad alimentaria. En España hay minas de potasa en Cataluña, en la comarca del Bages, aunque la mayor parte de esa producción acaba en fertilizantes: el potasio que alimenta los cultivos es este mismo compuesto. La fracción que va a alimentación es pequeña y pasa controles de pureza mucho más estrictos.
Está en el Grupo I, el club de los aditivos considerados de bajo riesgo que la norma admite en una lista larga de alimentos sin fijarle una cifra propia: se usa a la cantidad necesaria para cumplir su función, ni más ni menos. Eso cubre desde lácteos fermentados y quesos hasta pan, cereales, productos cárnicos, pescado elaborado y, cómo no, los sustitutos de la sal. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener limpios de aditivos, como la leche fresca, la miel o los alimentos para bebés. El detalle de categorías está en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
12 Artesanitos surtidos
22 aditivos
ÑAMING Delicious club bacon Sándwich de pan con cereales relleno de bacon, jamón cocido, huevo, lechuga y salsa BBQ 200 g.
22 aditivos
ÑAMING Go! Sandwich de pan blanco con tortilla, jamón y queso 140 g.
17 aditivos
Bandeja con cinta de lomo de cerdo adobado NEVADA
16 aditivos
Tarta de zanahoria 770 g.
15 aditivos
CAMPOFRÍO Pizza de jamón y queso mozzarella con salsa de queso Mozzarella 360 g.
15 aditivos
Tarta de zanahoria San Martín 770 g
15 aditivos
Pizza de jamón y queso con salsa mozzarella Pizza & Salsa Campofrío 360 g.
15 aditivos
AUDENS FOOD Tartaletas de crema 4 uds. 240 g.
15 aditivos
Tarta San Marcos Hacendado congelada
14 aditivos
Maxi York Dia Nuestra Alacena 350 g
13 aditivos
Sándwich mixto cremoso Lm 150 g
13 aditivos
88
Alcampo · 62 %
31
Carrefour · 22 %
15
Dia · 11 %
8
Mercadona · 6 %
Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox
sin aditivos
ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO Bandeja algas espagueti mar 50 g.
sin aditivos
CODORNICES MORENO Codornices frescas 2 uds.
sin aditivos
MORENO Perdiz fresca 360 gr
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Cloruro potásico |
| También conocido como | Cloruro de potasio |
| También conocido como | Potassium chloride |
| Número E | E 508 |
| Wikidata | Q184630 |
El E-508 es cloruro potásico, el primo del potasio de la sal común. Es lo que llevan las sales light para quitar sodio sin quitar sabor salado, y en la industria trabaja como estabilizante en helados, quesos, postres y productos cárnicos. Un mineral de lo más discreto con un papel doble muy curioso.
La EFSA lo reevaluó en 2019 junto al resto de cloruros (E-507, E-509 y E-511) y no encontró motivo de preocupación con los usos comunicados: tanto el cloro como el potasio son componentes normales del cuerpo y de la dieta, y ni siquiera hizo falta fijar una ingesta diaria admisible numérica. De hecho, la mayoría de la población va justa de potasio y sobrada de sodio, así que el intercambio que propone este aditivo va en la dirección que recomiendan las autoridades sanitarias. La cantidad que te llega por esta vía es, además, modesta comparada con la de una ración de patatas o legumbres. Es de los pocos aditivos cuya presencia en una etiqueta suele significar que el fabricante ha intentado quitar sal, no colar nada raro.
La norma europea lo autoriza en 67 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Lo hemos encontrado en 142 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (88 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-508 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
Es su ingrediente estrella. Las sales bajas en sodio suelen ser una mezcla de sal común y cloruro potásico: se cambia parte del sodio por potasio manteniendo el sabor salado. Ahí va como ingrediente con nombre propio, no como aditivo con número E. Si alguna vez la has probado sola, habrás notado un ligero regusto metálico: es la firma del potasio, y el motivo de que casi nunca sustituya a la sal al cien por cien.
Cambia el mineral y cambia el oficio. El E-509 lleva calcio y es el rey del reafirmado: mantiene duras las hortalizas en conserva y cuaja el queso. El E-508 lleva potasio y juega más en la liga de las texturas de lácteos y postres y del recorte de sodio. Son de la misma familia de cloruros, pero rara vez compiten por el mismo puesto en una receta.
Porque ahí no va a dar sabor sino a sujetar la textura. Muchos postres lácteos y helados se gelifican o espesan con carragenanos, y esos gelificantes trabajan mucho mejor con iones de potasio cerca: forman una red más firme y estable. La cantidad es tan pequeña que no la notas en boca, pero sin ella el postre quedaría más flojo o soltaría suero.