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26 aditivos
El E-325 es lactato sódico, la sal del ácido láctico, el mismo que producen tus músculos al correr o las bacterias del yogur. En la industria hace de antioxidante y guardián de la humedad: mantiene jugosa la carne cocida, tierno el pan de molde y alarga la vida de muchos productos. Y no, pese al nombre, no lleva leche.
La sal de sodio del ácido láctico, una de las moléculas más comunes de la naturaleza: está en el yogur, el chucrut, los encurtidos y en tu propio cuerpo, que la fabrica cada vez que haces esfuerzo físico. El aditivo es simplemente ese ácido neutralizado con sodio, lo que lo convierte en un líquido casi sin sabor, muy fácil de dosificar. En la etiqueta aparece como lactato sódico, lactato de sodio o E325, a menudo cerca de sus parientes, el ácido láctico (E-270) y los citratos. El nombre despista: no tiene ninguna relación con la lactosa ni con la leche, viene del latín lac porque el ácido láctico se descubrió en la leche agria, pero el aditivo no sale de ahí.
Oficialmente es un antioxidante, pero su valor real está en varias cosas a la vez. En los productos cárnicos cocidos, como el jamón cocido o las salchichas, retiene agua, mantiene la textura jugosa y frena el crecimiento de bacterias, alargando la vida útil sin tocar el sabor. En pan de molde, bollería y pasta actúa como humectante: evita que se resequen antes de tiempo. También regula la acidez en confitería y chocolate, y ayuda a que los caramelos no cristalicen. Es de esos aditivos discretos que no aportan nada que notes al paladar, pero sin los cuales el producto llegaría peor a tu casa.
Se obtiene por fermentación, el mismo proceso que da el yogur o el vinagre: bacterias que transforman azúcares de remolacha, caña o almidón de maíz en ácido láctico, que después se neutraliza con sodio. Nada de origen animal en todo el proceso, así que es apto para veganos y vegetarianos, por mucho que el nombre suene a lácteo. Es una de las confusiones más repetidas con este aditivo, y merece la pena dejarlo claro: quien evita la leche por alergia o por convicción puede consumirlo sin problema. La forma comercial habitual es una disolución líquida, cómoda de manejar en fábrica, aunque también existe en polvo.
Pertenece al Grupo I, la lista de aditivos que la norma considera de uso general: se admite en muchas categorías de alimentos, casi siempre a la cantidad necesaria para cumplir su función y bajo las reglas de dosis compartidas del grupo, no con un tope propio por categoría. Eso explica que aparezca en sitios tan dispares como el queso fundido, los cereales de desayuno, la carne cocida o el pan. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener sin aditivos, de la miel a los productos para bebés. El detalle, categoría a categoría, está en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva | quantum satis | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.1.1 Pan elaborado exclusivamente con los siguientes ingredientes: harina de trigo, agua, levadura o masa madre y sal | quantum satis | |
| 07.1.2 Pain courant français y Friss búzakenyér, fehér és félbarna kenyerek | quantum satis | solo Friss búzakenyér, fehér és félbarna kenyerek |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.2 Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004 | quantum satis | solo preparados envasados de carne picada fresca y preparados de carne a los que se han añadido otros ingredientes distintos de los aditivos o de la sal |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 | quantum satis | solo para ajustar el pH en alimentos y alimentos infantiles a base de cereales; solo en forma L(+)– |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
OH MY DEAL! Flauta pulled pork bbq al estilo americano 240 g.
26 aditivos
Tortita pizza fiambre de jamón de pavo Aldelís 270 g
25 aditivos
ALDELÍS Pizza enrollada, rellena de fiambre de jamón de pavo, mozzarella y queso 2 x 135 g.
25 aditivos
Empanadillas de hojaldre rellenas de pollo con bechamel 2 uds. 240 g.
22 aditivos
MIGUELAÑEZ Caramelos de goma sabor a frutas 200 g.
19 aditivos
San Jacobos de jamón de pavo y pollo, con queso ALDELÍS 340 g.
18 aditivos
Caramelos de goma Selection Mix Fini sin gluten 150 g.
18 aditivos
Golosinas selection mix Fini bolsa 150 g
17 aditivos
Pizza pepperoni con salsa diávolo picante Pizza & Salsa Campofrío 345 g.
17 aditivos
CAMPOFRÍO Pizza de pepperoni con salsa picante CAMPOFRÍO 355 g.
17 aditivos
Ensaladilla de marisco Listo para Comer
17 aditivos
MIGUELAÑEZ Gominolas blandas geles mix premium bolsa 150 g.
16 aditivos
145
Alcampo · 54 %
48
Dia · 18 %
48
Carrefour · 18 %
27
Mercadona · 10 %
Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox
sin aditivos
Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Lactato sódico |
| También conocido como | Sodium lactate |
| Número E | E 325 |
| Wikidata | Q418235 |
El E-325 es lactato sódico, la sal del ácido láctico, el mismo que producen tus músculos al correr o las bacterias del yogur. En la industria hace de antioxidante y guardián de la humedad: mantiene jugosa la carne cocida, tierno el pan de molde y alarga la vida de muchos productos. Y no, pese al nombre, no lleva leche.
Es difícil encontrar un aditivo con menos motivos de sospecha. El lactato es una molécula que tu cuerpo produce y metaboliza a diario: la que se acumula en los músculos tras el ejercicio es exactamente la misma. Una vez ingerido, el organismo lo procesa como cualquier otro lactato, sin distinguir si viene de un yogur o de un jamón cocido. De hecho, su inclusión en el Grupo I refleja que los reguladores europeos lo sitúan entre los aditivos de menor preocupación, los que pueden usarse a la cantidad necesaria en una lista larga de alimentos. El único matiz razonable es que aporta sodio, como su nombre indica, aunque en cantidades pequeñas comparado con la sal del propio producto. No hay polémica real detrás de este número E, y eso también es información.
La norma europea lo autoriza en 72 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.
Lo hemos encontrado en 268 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (145 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-325 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
No. Es la confusión clásica con este aditivo. El ácido láctico se llama así porque se descubrió en la leche agria en el siglo XVIII, pero el E-325 se fabrica fermentando azúcares vegetales, sin ningún ingrediente lácteo. No contiene lactosa ni proteínas de la leche, así que no afecta a alérgicos ni a intolerantes, y es apto para veganos.
Son la misma familia en dos formas. El E-270 es el ácido libre, con sabor agrio, y se usa sobre todo para acidificar. El E-325 es ese ácido neutralizado con sodio: pierde la acidez y gana otras virtudes, como retener humedad y proteger la carne cocida. Por eso es habitual verlos juntos en la misma etiqueta, cada uno a lo suyo.
Porque ahí hace triple servicio: mantiene la jugosidad del producto, frena la oxidación de la grasa y dificulta el crecimiento de bacterias durante la vida útil del envase. Es una forma de que un fiambre aguante semanas en la nevera sin recurrir a conservantes más agresivos, y por eso suele ir acompañado de ascorbato sódico y citratos, que rematan la faena.