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23 aditivos
El E-224 es metabisulfito potásico, uno de los sulfitos de toda la vida: el que evita que las gambas se pongan negras y el preferido de los bodegueros para proteger el vino. Conserva y frena la oxidación a la vez, y es de los pocos aditivos que la etiqueta tiene que destacar como alérgeno.
Una sal de potasio que, en cuanto se disuelve, libera dióxido de azufre, el gas que hace el trabajo de verdad. Pertenece a la familia de los sulfitos, un grupo de aditivos que van del E-220 al E-228 y que funcionan todos igual; el metabisulfito potásico es de los más usados porque es un polvo estable, fácil de dosificar y no aporta sodio. La idea es antiquísima: quemar azufre dentro de las barricas para sanear el vino ya se hacía en la Roma clásica, y esto es la versión moderna y controlada de aquello. En la etiqueta aparece como metabisulfito potásico, metabisulfito de potasio o E224, casi siempre con la palabra conservante o antioxidante al lado.
Hace dos cosas a la vez. Como antioxidante, evita que los alimentos se oscurezcan al contacto con el aire: por eso está en la patata pelada, la fruta seca o los crustáceos, donde impide la melanosis, esas manchas negras que salen en la cabeza de las gambas. Como conservante, frena bacterias, mohos y levaduras indeseadas, y esa es su gran baza en el vino, la sidra, la cerveza o el vinagre. En el supermercado lo verás sobre todo en preparados de carne como hamburguesas y salchichas frescas, en pescado y marisco elaborado y en vinagres. Es de esos aditivos que trabajan en silencio: no da color ni sabor, solo mantiene el producto como el primer día.
Es de síntesis: se obtiene haciendo reaccionar dióxido de azufre, que viene del azufre mineral, con una fuente de potasio. Nada de origen animal ni vegetal, así que no da ningún problema a veganos. Frente a su hermano de sodio, la versión potásica tiene la ventaja de no sumar sodio al producto, un detalle que la industria valora cuando ya va justa de sal. Es además uno de los pocos aditivos que puedes comprar tú mismo: se vende en tiendas de enología para quien hace vino o sidra en casa, donde se usa para desinfectar el equipo y proteger el mosto. Si has visto pastillas Campden, son básicamente esto.
La norma no lo regula solo, sino en bloque: forma parte del grupo de dióxido de azufre y sulfitos de la Parte C, y las autorizaciones valen para toda la familia E 220-228, con el límite expresado como dióxido de azufre total. La lista de categorías es larga, desde frutas y hortalizas en todas sus formas hasta preparados de carne, crustáceos, vinagres y prácticamente todas las bebidas alcohólicas, pero con una particularidad llamativa: no hay ni una sola autorización a la cantidad necesaria, todas llevan tope. Un reglamento de 2024 ha sido el último en retocar sus condiciones de uso. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 04.1.1 Frutas y hortalizas enteras frescas · como E 220-228 | 10 mg/kg | solo uvas de mesa, lichis frescos (medidos en las partes comestibles) y arándanos de la especie Vaccinium corymbosum (3) |
| 04.1.1 Frutas y hortalizas enteras frescas · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo maíz dulce envasado al vacío (3) |
| 04.1.2 Frutas y hortalizas peladas, cortadas y trituradas · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo patatas peladas (3) |
| 04.1.2 Frutas y hortalizas peladas, cortadas y trituradas · como E 220-228 | 300 mg/kg | solo pulpa de cebolla, ajo y chalote (3) |
| 04.1.2 Frutas y hortalizas peladas, cortadas y trituradas · como E 220-228 | 800 mg/kg | solo pulpa de rábano picante (3) |
| 04.1.3 Frutas y hortalizas congeladas · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo hortalizas blancas, setas y legumbres secas (3) |
| 04.1.3 Frutas y hortalizas congeladas · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo patatas congeladas y ultracongeladas (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo coco seco (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo hortalizas blancas, elaboradas, incluso legumbres secas (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo setas deshidratadas (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 150 mg/kg | solo jengibre seco (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 200 mg/kg | solo tomates secos (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 400 mg/kg | solo hortalizas y legumbres blancas, secas (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 500 mg/kg | solo frutas desecadas y frutos de cáscara con su cáscara , excepto manzanas, peras, plátanos, albaricoques, melocotones, uvas, ciruelas e higos secos (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 600 mg/kg | solo manzanas y peras secas (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 1 g/kg | solo plátanos secos (3) |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como E 220-228 | 2 g/kg | solo albaricoques, melocotones, uvas, ciruelas e higos secos (3) |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como E 220-228 | 100 mg/kg | excepto aceitunas y pimientos amarillos en salmuera (3) |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como E 220-228 | 500 mg/kg | solo pimientos amarillos en salmuera (3) |
| 04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo hortalizas blancas, incluidas las legumbres y las setas elaboradas (3) |
| 04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva · como E 220-228 | 250 mg/kg | solo rodajas de limón en conserva (3) |
| 04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo cerezas de pulpa blanca en conserva y maíz dulce envasado al vacío (3) |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo hortalizas y legumbres blancas y setas, elaboradas (3) |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo frutas desecadas y lichis rehidratados, y mostarda di frutta (3) |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como E 220-228 | 300 mg/kg | solo pulpa de cebolla, ajo y chalote (3) |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como E 220-228 | 800 mg/kg | solo pulpa de rábano picante (3) |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como E 220-228 | 800 mg/kg | solo extracto gelificante de frutas y pectina líquida para la venta al consumidor final (3) |
| 04.2.5.1 Confitura extra y jalea extra, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo confituras, jaleas y marmeladas con fruta sulfitada (3) |
| 04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como E 220-228 | 50 mg/kg | (3) |
| 04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo confituras, jaleas y marmalades con fruta sulfitada (3) |
| 04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar · como E 220-228 | 50 mg/kg | (3) |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como E 220-228 | 400 mg/kg | solo productos deshidratados a base de patata (3) |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como E 220-228 | 100 mg/kg | (3) |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo frutas, hortalizas, angélica y corteza de cítricos, confitadas, escarchadas o glaseadas (3) |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo confitería de jarabe de glucosa (solo como soporte del jarabe de glucosa) (3) |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo confitería de jarabe de glucosa (solo como soporte del jarabe de glucosa) (3) |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 220-228 | 40 mg/kg | solo toppings (jarabes para tortitas, jarabes aromatizados para batidos y helados y productos similares) (3) |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 220-228 | 100 mg/kg | solo rellenos de fruta para pasteles (3) |
| 06.1 Granos enteros, triturados o en copos · como E 220-228 | 30 mg/kg | solo sagú y cebada mondada (3) |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como E 220-228 | 50 mg/kg | excepto almidones de preparados para lactantes, preparados de continuación y alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles (3) |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo galletas secas (3) |
| 08.2 Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004 · como E 220-228 | 450 mg/kg | solo breakfast sausages; burger meat con un contenido mínimo en vegetales o cereales del 4 %, mezclados con la carne (1) (3) |
| 08.2 Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004 · como E 220-228 | 450 mg/kg | solo salsicha fresca, longaniza fresca y butifarra fresca (1) (3) |
| 09.1.2 Moluscos y crustáceos sin elaborar · como E 220-228 | 150 mg/kg | solo crustáceos y cefalópodos frescos, congelados y ultracongelados; crustáceos de las familias Penaeidae, Solenoceridae y Aristeidae hasta 80 unidades por kg (3) (10) |
| 09.1.2 Moluscos y crustáceos sin elaborar · como E 220-228 | 200 mg/kg | solo crustáceos de las familias Penaeidae, Solenoceridae y Aristeidae entre 80 y 120 unidades por kg (3) (10) |
| 09.1.2 Moluscos y crustáceos sin elaborar · como E 220-228 | 300 mg/kg | solo crustáceos de las familias Penaeidae, Solenoceridae y Aristeidae más de 120 unidades por kg (3) (10) |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo crustáceos y cefalópodos cocidos (3) (10) |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 220-228 | 135 mg/kg | solo crustáceos cocidos de las familias Penaeidae, Solenoceridae y Aristeidae hasta 80 unidades por kg (3) (10) |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 220-228 | 180 mg/kg | solo crustáceos de las familias Penaeidae, Solenoceridae y Aristeidae entre 80 y 120 unidades por kg (3) (10) |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 220-228 | 200 mg/kg | solo pescado salado seco de la familia Gadidae (3) |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como E 220-228 | 270 mg/kg | solo crustáceos de las familias Penaeidae, Solenoceridae y Aristeidae más de 120 unidades por kg (3) (10) |
| 11.1 Azúcares y jarabes, tal como se definen en la Directiva 2001/111/CE · como E 220-228 | 10 mg/kg | solo azúcares, excepto jarabe de glucosa (3) |
| 11.1 Azúcares y jarabes, tal como se definen en la Directiva 2001/111/CE · como E 220-228 | 20 mg/kg | solo jarabe de glucosa, deshidratado o no (3) |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como E 220-228 | 40 mg/kg | (3) |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como E 220-228 | 70 mg/kg | solo melazas (3) |
| 12.2.1 Hierbas y especias · como E 220-228 | 150 mg/kg | solo canela (Cinnamomum zeylandicum) (3) |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como E 220-228 | 200 mg/kg | solo aderezos a base de zumo de cítricos (3) |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como E 220-228 | 170 mg/kg | solo vinagre de fermentación (3) |
| 12.4 Mostaza · como E 220-228 | 250 mg/kg | excepto mostaza de Dijon (3) |
| 12.4 Mostaza · como E 220-228 | 500 mg/kg | solo mostaza de Dijon (3) |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como E 220-228 | 200 mg/kg | solo sucedáneos de carne, pescado, crustáceos y cefalópodos (3) |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo gelatinas (3) |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como E 220-228 | 2 g/kg | solo zumo concentrado de uva para la elaboración casera de vino (3) |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo zumos de naranja, pomelo, manzana y piña destinados a la distribución a granel por establecimientos proveedores de comidas preparadas (3) |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como E 220-228 | 350 mg/kg | solo zumo de lima y limón (3) |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como E 220-228 | 70 mg/kg | solo zumo de uva, no fermentado, para uso sacramental (3) |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como E 220-228 | 20 mg/kg | solo a partir de concentrados en bebidas aromatizadas sin alcohol que contengan zumo de frutas (3) |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo bebidas aromatizadas sin alcohol que contengan al menos 235 g/l de jarabe de glucosa (3) |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como E 220-228 | 350 mg/kg | solo concentrados a base de zumo de frutas que contengan un mínimo de 2,5 % de cebada (agua de cebada) (3) |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como E 220-228 | 250 mg/kg | solo otros concentrados a base de zumo de frutas o de frutas trituradas; capilé, groselha (3) |
| 14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta · como E 220-228 | 20 mg/kg | (3) |
| 14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo cerveza sometida a una segunda fermentación en barril |
| 14.2.2 Vino y otros productos definidos en la parte II del anexo VII del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 · como E 220-228 | 200 mg/kg | solo sin alcohol (3) |
| 14.2.3 Sidra y perada · como E 220-228 | 200 mg/kg | (3) |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como E 220-228 | 200 mg/kg | (3) |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como E 220-228 | 260 mg/kg | solo vino elaborado (3) |
| 14.2.5 Hidromiel · como E 220-228 | 200 mg/kg | (3) |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo bebidas espirituosas destiladas que contengan peras enteras (3) |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como E 220-228 | 200 mg/kg | (3) |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como E 220-228 | 200 mg/kg | (3) |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como E 220-228 | 200 mg/kg | (3) |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como E 220-228 | 200 mg/kg | solo napój winny owocowy, napój winny miodowy, aromatyzowany napój winny owocowy y aromatyzowany napój winny miodowy (3) |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como E 220-228 | 20 mg/kg | solo en bebidas fermentadas a base de mosto de uva (3) |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo productos de aperitivo a base de cereales y patatas (3) |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como E 220-228 | 50 mg/kg | solo frutos de cáscara sazonados (3) |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
TOP LIDER Mini bocadillos con diferentes rellenos 10 uds.
23 aditivos
Surtido sushi Bento mix
14 aditivos
Surtido sushi Bento grande
11 aditivos
Ensalada Lorena con queso de cabra DIQUESI 145 g.
10 aditivos
TOP LIDER Sandwich de pan blanco con pechuga de pollo, mahonesa y tomate TOP LIDER 200 g.
10 aditivos
Pastel de atún 250 g
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BO DE DEBO Pastel de atún, listo para comer BO DE DEBO 250 g.
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AUCHAN Tortellini frescos de pasta al huevo rellenos de jamón 250 g. Producto Alcampo
9 aditivos
Poke salmón
9 aditivos
Noodles Yakisoba con carne y verduras
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EMCESA Preparado de carne picada mixta (cerdo y vacuno) 900 g.
7 aditivos
EMCESA Preparado de carne mixta (cerdo y vacuno) 500 g.
7 aditivos
29
Alcampo · 64 %
10
Carrefour · 22 %
5
Mercadona · 11 %
1
Dia · 2 %
Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox
sin aditivos
Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Metabisulfito potásico |
| También conocido como | Potassium metabisulphite |
| Número E | E 224 |
| Wikidata | Q417881 |
El E-224 es metabisulfito potásico, uno de los sulfitos de toda la vida: el que evita que las gambas se pongan negras y el preferido de los bodegueros para proteger el vino. Conserva y frena la oxidación a la vez, y es de los pocos aditivos que la etiqueta tiene que destacar como alérgeno.
Depende de quién seas. La EFSA reevaluó los sulfitos en 2016 y no encontró motivo para retirarlos, pero fijó una ingesta de grupo con carácter provisional porque echó en falta datos, y avisó de que los grandes consumidores de ciertos alimentos podían acercarse a ella. La preocupación real está en otro sitio: los sulfitos provocan reacciones en personas sensibles, sobre todo asmáticos, desde molestias respiratorias hasta urticaria. Por eso la ley los trata como alérgeno y obliga a destacarlos en la etiqueta cuando superan cierto umbral; el famoso contiene sulfitos del vino es exactamente eso. También degradan la vitamina B1, uno de los motivos por los que no se permiten en alimentos que son su fuente principal. Si no eres sensible, es un conservante veterano y muy vigilado; si lo eres, la etiqueta te lo va a cantar.
La norma europea lo autoriza en 40 categorías de alimentos, entre ellas frutas y hortalizas enteras frescas, frutas y hortalizas peladas, cortadas y trituradas, frutas y hortalizas congeladas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 2 g/kg en la categoría Frutas y hortalizas secas.
Lo hemos encontrado en 45 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (29 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-224 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
Son la misma molécula con distinto acompañante: el E-223 es metabisulfito sódico y el E-224, potásico. Funcionan igual y comparten límites, porque la norma los regula en bloque. La diferencia práctica es el sodio: la versión potásica no lo aporta, y por eso es la favorita en bodegas y en productos donde la sal ya va al límite. En una etiqueta pueden aparecer indistintamente.
Porque los sulfitos son alérgenos de declaración obligatoria: cuando superan cierto umbral, la ley exige avisar de su presencia, y esa mención vale aunque no se detalle qué sulfito concreto se ha usado. Ojo a un matiz: incluso un vino sin sulfitos añadidos suele llevar la advertencia, porque las levaduras generan algo de sulfito de forma natural durante la fermentación.
Por la melanosis: unas manchas negras que salen en la cabeza y el caparazón de los crustáceos a las pocas horas de pescarlos. No son peligrosas, es una simple oxidación, pero afean tanto el producto que lo hacen invendible. El metabisulfito la frena, y por eso los crustáceos sin elaborar son de las pocas cosas de la pescadería que llevan aditivo casi de serie.