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alimentos y aditivos

E-552 — Silicato cálcico

El E-552 es silicato cálcico, un mineral en polvo cuyo trabajo es que las cosas no se apelmacen: la sal que cae suelta del salero, el edulcorante de mesa que no hace grumos, el chicle que no se pega. Es insoluble y prácticamente inerte: pasa por el cuerpo sin apenas inmutarse.

Autorizado en la UE Apto para veganos 1 productos reales

Qué es

Una sal mineral formada por calcio y silicio, dos de los elementos más abundantes de la corteza terrestre. Se presenta como un polvo blanco muy fino y muy poroso, capaz de absorber varias veces su peso en agua sin mojarse por fuera, y esa esponjosidad es justo lo que lo hace útil. En la etiqueta lo verás como silicato cálcico, silicato de calcio o E552, casi siempre precedido de la palabra antiaglomerante. A veces no aparece solo, sino dentro de la mención conjunta E 551-553, que agrupa a toda la familia de silicatos que la norma autoriza en bloque. Es pariente directo del dióxido de silicio (E-551), con el que comparte oficio.

Para qué sirve

Para mantener los polvos sueltos. Los productos en polvo tienden a chupar la humedad del aire y convertirse en una piedra dentro del bote; el silicato cálcico atrapa esa humedad antes y cada grano queda seco y separado. Por eso vive en la sal de mesa y sus sustitutos, en edulcorantes en polvo y en comprimidos, en condimentos y sazonadores, en azúcares y en complementos alimenticios. También impide que el queso rallado se apelmace en la bolsa y, en el chicle y algunos caramelos, evita que las piezas se peguen entre sí. En los comprimidos hace además de soporte: ayuda a que la pastilla se forme y se mantenga entera.

De dónde se obtiene

Es de origen mineral: se obtiene combinando compuestos de calcio, como la cal, con fuentes de sílice, la misma materia de la arena y el cuarzo. Nada animal ni vegetal por ningún lado, así que es apto para veganos y vegetarianos sin matices. En la naturaleza existen silicatos de calcio en varias rocas, pero el que se usa como aditivo se fabrica de forma controlada para garantizar su pureza y esa estructura porosa que lo hace tan buen secante. Fuera de la alimentación es un viejo conocido de la construcción y del aislamiento, aunque en grados completamente distintos: el alimentario tiene sus propias especificaciones.

Qué dice la normativa

La norma lo trata casi siempre en familia: pertenece a los grupos del dióxido de silicio y silicatos de la Parte C del reglamento de aditivos, y muchas de sus autorizaciones van a nombre del bloque E 551-553. Su terreno son los alimentos en polvo o con superficie que proteger: sal y sustitutos, edulcorantes de mesa, condimentos, azúcares, chicle, confitería, la superficie de quesos y los complementos alimenticios. En unas categorías se admite a la cantidad necesaria y en otras con un tope concreto; el Reglamento (UE) 2018/1497 es el retoque más reciente de esa lista. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 20 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
0 Todas las categorías de alimentos · como E 551-553 10 g/kg solo para alimentos en forma de polvo seco (como los secados durante el proceso de fabricación y sus mezclas), excepto los que figuran en el cuadro 1 de la parte A del presente anexo (1) (57)
0 Todas las categorías de alimentos · como E 551-553 quantum satis solo para alimentos en comprimidos y grageas, excepto los que figuran en el cuadro 1 de la parte A del presente anexo (1)
01.7.2 Queso curado · como E 551-553 10 g/kg solo queso duro y semiduro en lonchas o rallado Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
01.7.5 Queso fundido · como E 551-553 10 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como E 551-553 10 g/kg solo productos en lonchas o rallados a base de queso duro o semiduro Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como E 551-553 10 g/kg solo sucedáneos de queso en loncha o rallados y sucedáneos de queso fundido; blanqueadores de bebidas Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como E 551-553 30 g/kg solo grasas para untar los moldes de repostería Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como E 551-553 30 g/kg solo grasas para untar los moldes de repostería Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 551-553 quantum satis solo tratamiento de superficie Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
05.3 Chicle quantum satis solo para tratamiento de superficie
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 551-553 quantum satis solo tratamiento de superficie Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
11.1 Azúcares y jarabes, tal como se definen en la Directiva 2001/111/CE · como E 551-553 quantum satis solo alimentos en forma de comprimidos y grageas Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
11.1 Azúcares y jarabes, tal como se definen en la Directiva 2001/111/CE · como E 551-553 10 g/kg solo alimentos deshidratados en polvo Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo · como E 551-553 10 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos · como E 551-553 quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
12.1.1 Sal · como E 551-553 10 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
12.1.2 Sustitutos de la sal · como E 551-553 20 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
12.2.2 Condimentos y aderezos · como E 551-553 30 g/kg solo aderezos Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 551-553 quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 551-553 quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (12)
  • 0 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 0 (57) Se aplica la dosis máxima, salvo si los puntos 01 a 18 del presente anexo indican una dosis máxima distinta para determinados alimentos o categorías de alimentos.
  • 01.7.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.7.5 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.7.6 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.8 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 02.2.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 02.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 05.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 11.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 11.4.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 12.2.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.

Productos que lo llevan 1 en el catálogo

SUPRADYN Energy Complemento alimenticio para aumentar la energía interior 30 comprimidos.

SUPRADYN Energy Complemento alimenticio para aumentar la energía interior 30 comprimidos.

SUPRADYN · Alcampo

10 aditivos

Reparto por supermercado

1

Alcampo · 100 %

Otros nombres

Denominación oficial en la UESilicato cálcico
También conocido comoCalcium silicate
Número EE 552
WikidataQ416365

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-552 y para qué se usa?

El E-552 es silicato cálcico, un mineral en polvo cuyo trabajo es que las cosas no se apelmacen: la sal que cae suelta del salero, el edulcorante de mesa que no hace grumos, el chicle que no se pega. Es insoluble y prácticamente inerte: pasa por el cuerpo sin apenas inmutarse.

¿Es malo el E-552?

Es de los aditivos más aburridos que existen, y eso aquí es un elogio. El silicato cálcico es insoluble y prácticamente inerte: no se digiere, apenas se absorbe y sale del cuerpo casi tal cual entró. No hay ningún efecto adverso documentado a las cantidades en que se usa, que además son mínimas, porque con muy poco polvo basta para mantener seca mucha sal. Lo que sí ha señalado la EFSA al revisar la familia de los silicatos es que faltan datos finos sobre la caracterización de las partículas más pequeñas, y ha pedido a los fabricantes especificaciones más detalladas. Es una petición de mejores deberes, no una alarma. Conviene no confundirlo con los silicatos de aluminio, que son otra historia y cuyo uso la norma europea recortó hace años: el E-552 lleva calcio, no aluminio.

¿En qué alimentos se puede usar el E-552?

La norma europea lo autoriza en 18 categorías de alimentos, entre ellas todas las categorías de alimentos, queso curado, queso fundido. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-552?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 30 g/kg en la categoría Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-552?

Lo hemos encontrado en 1 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (1 productos).

¿El E-552 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-552 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Por qué en algunas etiquetas pone E 551-553 en vez de E-552?

Porque la norma autoriza a los silicatos como grupo en muchas categorías: dióxido de silicio (E-551), silicato cálcico (E-552) y silicatos de magnesio (E-553). El fabricante puede usar uno u otro según le convenga, y algunas listas de ingredientes reflejan esa autorización conjunta. Si quieres saber cuál lleva exactamente tu producto, busca el nombre completo: silicato cálcico es el E-552.

¿En qué se diferencia del E-551?

Hacen el mismo trabajo y a menudo son intercambiables. El E-551 es dióxido de silicio, sílice pura, mientras que el E-552 le añade calcio a la fórmula. En la práctica, el silicato cálcico es algo más esponjoso y puede absorber más humedad por gramo, así que hay fabricantes que lo prefieren para polvos especialmente propensos a apelmazarse. Para ti como consumidor, la diferencia es irrelevante: ambos son minerales inertes con la misma función.

¿Aporta calcio a la dieta?

En teoría lleva calcio, en la práctica no cuentes con él. Es un compuesto muy poco soluble, así que el cuerpo apenas puede aprovechar ese calcio, y además se usa en cantidades diminutas: una pizca de polvo repartida entre kilos de sal o de edulcorante. Nadie lo añade como nutriente, sino como antiaglomerante. Si buscas calcio, el lácteo de al lado te aporta infinitamente más.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2016/324 DE LA COMISIÓN de 7 de marzo de 2016. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 380/2012 DE LA COMISIÓN de 3 de mayo de 2012. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2018/1497 DE LA COMISIÓN de 8 de octubre de 2018. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.